Para los empresarios y profesionales que tributan por estimación directa simplificada el porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación a que se refiere el artículo 30 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será, durante el período impositivo 2023, del 7% (antes 5%).
Esta medida esta recogida en los Presupuestos Generales del Estado para 2023.