Se ha iniciado el plazo para solicitar la nueva ayuda para personas con bajos ingresos
Pueden pedirla quienes:
- Realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o estén inscritos como desempleados en la oficina de empleo, estén cobrando o no la prestación o subsidio por desempleo.
- Sus rentas obtenidas en 2021, incluidas las que perciban los familiares que convivan en su domicilio, sean inferiores a 14.000 euros y su patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 43.196,40 euros.
No tienen derecho a la ayuda quienes, a fecha 27 de junio de 2022:
- Perciban el Ingreso Mínimo Vital
- Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo).
Para tramitarla solo es necesario el certificado digital para entrar en el enlace de la Agencia Tributaria, identificar las personas familiares que viven en su domicilio y el número de cuenta donde quiera recibir el cobro.
Enlace para tramitarla: ENLACE AYUDA AGENCIA TRIBUTARIA
El plazo para solicitarla finaliza el 30 de septiembre de 2022.