El plazo para presentar las autoliquidaciones de IVA e IRPF del cuarto trimestre que termina el próximo día 1 de febrero.
En el IVA además del trimestre debe presentarse el modelo 390 de Resumen Anual del 2020, salvo que se tribute por el régimen simplificado o se trate de la actividad de arrendamiento de locales.
Las liquidaciones de nuestros clientes en el sistema de Módulos, que no estén domiciliadas pueden recogerse a partir del día 15 para llevarlas a su entidad financiera.