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ENTRA EN VIGOR LA LIMITACIÓN DE PAGOS EN EFECTIVO A 1.000 € PARA EMPRESARIOS Y PROFESIONALES

ENTRA EN VIGOR LA LIMITACIÓN DE PAGOS EN EFECTIVO A 1.000 € PARA EMPRESARIOS Y PROFESIONALES

Ha entrado en vigor la reducción de los pago efectivos cuando interviene un empresario o profesional.

La nueva norma indica que:

» No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional»

En caso de sanción:

«La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros, o su contravalor en moneda extranjera, según se trate de cada uno de los supuestos».

«La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción»

La sanción puede recaer en cualquiera de los intervenientes en la operación.

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