A partir del 1 de marzo de 2022, los trabajadores autónomos que estén de alta y hayan percibido la última prestación por cese de actividad hasta el 28 de febrero, tendrían derecho a una exención de sus cotizaciones a la Seguridad Social de:
- 90 % de las cotizaciones correspondientes al mes de marzo;
- 75 % de las cotizaciones correspondientes al mes de abril;
- 50 % de las cotizaciones correspondientes al mes de mayo;
- 25 % de las cotizaciones correspondientes al mes junio.
REQUISITOS:
– Mantenerse de alta hasta el 30 de junio de 2022;
– Haber percibido hasta el 28 de febrero de 2022 alguna modalidad de la prestación por cese de actividad
ES INCOMPATIBLE con cobrar alguna prestación por cese de actividad de marzo a junio de 2022.