A partir del 1 de octubre de 2021, los trabajadores autónomos que estén de alta y hayan percibido la última prestación por cese de actividad hasta el 30 de septiembre, tendrían derecho a una exención de sus cotizaciones a la Seguridad Social de:
- 90 % de las cotizaciones correspondientes al mes de octubre;
- 75 % de las cotizaciones correspondientes al mes de noviembre;
- 50 % de las cotizaciones correspondientes al mes de diciembre;
- 25 % de las cotizaciones correspondientes al mes de enero de 2022.
REQUISITOS:
- Mantenerse de alta hasta el 31 de enero de 2022;
- Haber percibido hasta el 30 de septiembre alguna modalidad de la prestación por cese de actividad .
- ES INCOMPATIBLE con cobrar alguna prestación por cese de actividad de octubre a enero de 2022.