Será vigente durante el resto del estado de alarma
La presidenta del IMET, mediante decreto firmado el día 22 de mayo, ha resuelto que, durante el resto del estado de alarma y hasta que no se apruebe nada en contra, el horario de trabajo de los vehículos aplicados a las licencias de taxi del área Metropolitana de Barcelona será, a partir de este fin de semana, el siguiente:
De lunes a viernes los vehículos pueden salir a trabajar tal como se señala a continuación:
LUNES 25 de mayo: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 3-4-9
MARTES 26 de mayo: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 5-6-1
MIÉRCOLES 27 de mayo: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 7-8-3
JUEVES 28 de mayo: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 9-0-5
VIERNES 29 de mayo: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 1-2-7
LUNES 1 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 3-4-0
MARTES: 2 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 5-6-2
MIÉRCOLES 3 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 7-8-4
JUEVES 4 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 9-0-6
VIERNES 5 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 1-2-8
Los fines de semana los vehículos pueden salir a trabajar tal como se señala a continuación:
SÁBADO 23 de mayo: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 6-8
DOMINGO 24 de mayo: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 5-7
SÁBADO 30 de mayo: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 9-1
DOMINGO 31 de mayo: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 0-2
SÁBADO 6 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 3-5
DOMINGO 7 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 4-6
SÁBADO 13 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 8-0
DOMINGO 14 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 7-9
SÁBADO 20 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 1-3
DOMINGO 21 de junio: pueden salir a trabajar las licencias acabadas en 2-4
Esta resolución se adopta de acuerdo con el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; con la Resolución SLT/768/2020, de 24 de marzo, de la Generalitat de Cataluña, por la cual se adoptan medidas complementarias en materia de taxi para la prevención y el control de la infección por el SARS-CoV-2, y que habilita al CON para determinar, si procede, las reducciones en la oferta de servicios de transporte en taxi; así como con las resoluciones de la presidencia del IMET de 25 de marzo y de 28 de abril de 2020.H