Ha quedado aprobado definitivamente, después del periodo de exposición pública, el acuerdo del Consejo Metropolitano del área Metropolitana de Barcelona de 30 de mayo de 2017, por el cual se dio luz verde a la modificación del artículo 22 del Reglamento Metropolitano del Taxi. Esta modificación determina que «una persona que transmitió una licencia de taxi no podrá ser titular de otra licencia hasta transcurridos dos años desde su última transmisión».
La modificación del artículo 22 se incorpora al Reglamento Metropolitano como subapartado 2.1 del apartado 2.
Por otro lado, el apartado 9 de este mismo artículo incorpora el subapartado e) con el texto siguiente:
e) por no haber logrado el límite de dos años establecido en el apartado 2.1 de este artículo.