La Gerencia del Instituto Metropolitano del Taxi ha resuelto establecer:
1. Desde el día 30 de julio hasta el día 25 de septiembre de 2016 el siguiente horario de trabajo:
– Los taxistas que realizan el descanso obligatorio los sábados podrán trabajar desde las 4,00 horas hasta las 6,00 horas de domingo.
– Los taxistas que realizan el descanso obligatorio los domingos podrán trabajar desde las 4,00 horas hasta las 6,00 horas del lunes.
– Los taxistas que realizan el descanso obligatorio los domingos podrán prolongar su jornada laboral del sábado hasta las 7,00 horas del domingo.
2. Para los días 13 y 14 de agosto el siguiente horario de trabajo:
– Los taxistas que realizan el descanso obligatorio el sábado 13 de agosto podrán trabajar desde las 22 horas del sábado hasta las 6,00 horas del domingo.
– Los taxistas que realizan el descanso obligatorio el domingo 14 de agosto podrán trabajar desde las 22 horas del domingo hasta las 6,00 horas del lunes.
-Los taxistas que realizan el descanso obligatorio el domingo 14 de agosto podrán prolongar su jornada laboral del sábado 13 de agosto hasta las 7,00 horas del domingo.
Las licencias afectadas por las anteriores liberalizaciones del servicio del taxi no podrán encochar ni al Aeropuerto ni en el Puerto.