– Los trabajadores autónomos que ingresen por primera vez en el RETA o que lo hagan tras dos años de parón (o tres desde que se beneficiaron de las reducciones que aparecen a continuación), podrán escoger dos vías de reducción inicial:
1 -Una tarifa plana de 60 euros al mes durante los 12 primeros meses si eligen la base mínima de cotización (24 meses si es en municipios de menos de 5.000 habitantes).
2-La reducción del 80% sobre la base de cotización mínima durante 12 meses si se elige una cotización superior a la mínima (24 meses si es en municipios de menos de 5.000 habitantes).
Estas reducciones afectan a las cuotas por continencias comunes y contingencias profesionales. Durante este período quedan exentos de pagar las cuotas por formación y cese de actividad.
– Una vez finaliza el periodo de esta reducción inicial, los autónomos podrán acogerse a otras bonificaciones que prolongan esa cobertura por parte de la Seguridad Social.
1-Para trabajadores de cualquier edad, durante los seis meses posteriores se tendrá una reducción del 50% de la cuota de contingencias comunes y durante los otros seis (en periodos de tres y tres) se podrá disfrutar de una reducción del 30%. El periodo máximo de reducciones, sumando la inicial, será de dos años.
2-Los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35 años tendrán las mismas reducciones que en el apartado anterior, pero además se les prolongará un año más el 30% de reducción, por lo que podrán tener bonificaciones por un total de tres años.
3-Para las personas con discapacidad de al menos el 33% o víctimas de violencia de género o terrorismo, tras la reducción inicial se podrá obtener una reducción de la cuota por contingencias comunes del 50% durante los cuatro años posteriores, por lo que el periodo máximo de beneficio es de cinco años.