Se ha aprobado definitivamente la modificación de la Disposición Transitoria Novena del Reglamento Metropolitano del Taxi, que contempla la ampliación de la antigüedad máxima de los vehículos que la cumplen durante el 2020 y 2021. El texto ahora queda redactado de la forma siguiente:
«Ampliar en dos años el periodo de antigüedad máxima de los vehículos establecido en el artículo 27.6 de este Reglamento. Esta ampliación se aplicará a los vehículos que cumplen las antigüedades máximas establecidas durante los años 2020 y 2021, con excepción de los vehículos de segunda mano que se apliquen a una licencia y los que se transmitan conjuntamente, los cuales la ampliación del periodo de antigüedad se limita en un año, y sin perjuicio de la aplicación otras normativas que en materia de circulación y vehículos sean de mayor rango. Esta norma entrará en vigor con efectos retroactivos desde el 14 de marzo de 2020».