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SE AMPLIA EN UN AÑO MÁS LA ANTIGUEDAD MÁXIMA DE LOS VEHÍCULOS AUTO TAXIS

SE AMPLIA EN UN AÑO MÁS LA ANTIGUEDAD MÁXIMA DE LOS VEHÍCULOS AUTO TAXIS

Se ha aprobado la modificación de la Disposición transitoria novena del Reglamento metropolitano del taxi, que prevé la ampliación de la antigüedad máxima de los vehículos que la cumplan durante los años 2020, 2021, 2022 y 2023. El texto ahora queda redactado de la manera siguiente:

«Ampliar el periodo de antigüedad máxima de los vehículos establecido en el artículo 27.6 de este Reglamento. Esta ampliación será de un año en el caso de los vehículos que cumplen la antigüedad máxima en 2023 y de dos años para los vehículos que cumplen las antigüedades máximas establecidas durante los años 2020, 2021 y 2022 con excepción de los vehículos de segunda mano que se apliquen a una licencia y los que se transmitan conjuntamente, el cuales se regirán por el establecido a dicho artículo, sin perjuicio de la aplicación otras normativas que en materia de circulación y vehículos sean de mayor rango. Esta norma entrará en vigor con efectos retroactivos desde el 14 de marzo de 2020.»

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