EL BOPV del 4 de noviembre publicó la aprobación definitiva de la disposición transitoria 9.ª del Reglamento metropolitano del taxi que determina:
La ampliación en un año del periodo de antigüedad máxima de los vehículos establecido en el artículo 27.6 de este Reglamento. Esta ampliación será de aplicación a los vehículos que cumplen las antigüedades establecidas en el artículo referido durante los años 2020 y 2021.
Esta norma entrará en vigor con efectos retroactivos desde el 14 de marzo de 2020.