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SE APRUEBA INICIALMENTE LA NORMATIVA SOBRE LA VESTIMENTA EN EL TAXI

SE APRUEBA INICIALMENTE LA NORMATIVA SOBRE LA VESTIMENTA EN EL TAXI

El Pleno del Consejo Metropolitano del AMB aprobó inicialmente la modificación del artículo 42.4 del Reglamento Metropolitano del Taxi que establece unas normas básicas para garantizar una vestimenta correcta de los conductores y las conductoras cuando se presta el servicio de taxi.

Con esta modificación reglamentaria, el IMET quiere incidir en una mejora de la calidad del servicio que se presta a los ciudadanos. El artículo 42.4), que tiene que superar todavía el periodo de exposición pública de 30 días, antes de entrar en vigor, se modificará en los términos siguientes:

«La indumentaria de los conductores será adecuada a la prestación del servicio y, en todo caso, estará sin manchas ni malos olores. Está prohibida expresamente la prestación del servicio con camisetas de tirantes, chándales, ropa deportiva, pantalones cortos y bermudas. No se acepta ningún calzado que pueda suponer un problema para la seguridad vial durante la conducción y, en concreto, no se acepta el uso de las chanclas».

Superada la fase de exposición pública, la norma podría entrar en vigor a partir de julio.

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