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SUBVENCION DEL AYUNTAMIENTO DE HOSPITALET DEL LLOBREGAT: MARZO 2021

SUBVENCION DEL AYUNTAMIENTO DE HOSPITALET DEL LLOBREGAT: MARZO 2021

SUBVENCIÓN AYUNTAMIENTO DE HOSPITALET POR GASTOS COVID Y DIGITALIZACIÓN

1.MOTIVO:

Es una subvención del Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat para la cobertura de gastos relacionados con la adopción de medidas de seguridad e higiene, y otros gastos de funcionamiento.

2.QUIÉN PUEDE SOLICITAR:

Las empresas o personas autónomas que cumplen con los requisitos.

3.GASTOS SUBVENCIONABLES:

  • Por la adopción de medidas de seguridad, protección y salud de las condiciones de trabajo relacionadas con el COVID-19;
  • Por suministros de servicios básicos (electricidad, agua, gas), comunicaciones y seguros, hasta un máximo del 50%, con un máximo de 325€ mensuales, incluidos en los 6 meses después de la declaración del estado de alarma de 14 de marzo.

NO serán subvencionables los gastos pagados EN EFECTIVO.

Se tendrá en cuenta el orden de presentación de las solicitudes para acceder a la ayuda.

La cantidad máxima a recibir será de 5.000€ por solicitud.

4.REQUISITOS:

  • Ser autónomo, pequeña empresa o media, u otros relacionados;
  • Tener una plantilla inferior a 50 trabajadores;
  • Tener sede social o centro de trabajo en la municipalidad de Hospitalet de Llobregat;
  • No tener deuda con ayuntamiento, Seguridad Social, AEAT ni Generalitat de Catalunya;
  • Ser titular de una cuenta bancaria donde recibir el importe.

5.TRAMITACIÓN:  Se presenta online en la web del trámite del ayuntamiento de Hospitalet:  ACCESO A LA AYUDA

  • Es necesario tener idcat Mòbil, certificado digital o sistema Cl@ve;
  • Facturas u otros documentos que acrediten los gastos subvencionables;
  • Comprobantes de pago de estas facturas;
  • Alta censal (Modelo 036/037);
  • Certificado de no tener deudas con la municipalidad donde esté domiciliada la empresa, si no es Hospitalet;
  • Impreso bancario (a descargar en la web del trámite);
  • Relación de gastos objeto de la ayuda (a descargar en la web del trámite);
  • Solicitud de la ayuda (a descargar en la web del trámite);

6.RESOLUCIÓN:

Realizada la solicitud, se notificará el otorgamiento o denegación en todos los casos en un plazo de 2 meses. Si la documentación no cumpliera los requisitos, se comunicará al interesado que adjunte los documentos que se consideren en el plazo de 10 días.

Si las solicitudes sobrepasan el presupuesto disponible, aquellas que no hayan obtenido subvención constituirán una bolsa de reserva, susceptible de recibir la ayuda posteriormente en caso de renuncias o revocaciones.

Si transcurre el plazo legal y el ayuntamiento no ha notificado ninguna resolución, se entenderá desestimada.

El ayuntamiento puede revocar la ayuda económica en caso de no cumplir con las condiciones de la subvención.

7.PLAZOS DE SOLICITUD:

Del 2 de marzo al 30 de abril de 2021.

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